Revocación de Mandato | Juárez
El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó dar inicio al trámite de la solicitud del instrumento de participación política denominado revocación de mandato, con la finalidad de someter a consideración de la ciudadanía del municipio de Juárez, la terminación anticipada del periodo de gestión del Presidente Municipal de dicha demarcación.
RESPALDO CIUDADANO
AVISO: Mediante la Sentencia JDC-12/2021, el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua revocó el acuerdo del Consejo Estatal de este Instituto de clave IEE/CE08/2021, por lo que el plazo para la captación del respaldo ciudadano del instrumento de participación política radicado en el expediente de clave IEE-IPC-07/2020 y su acumulado IEE-IPC-08/2020, finaliza el próximo día 8 de febrero.
Día 01 |
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Día 90 |
a las: (hora del centro)
Reporte de avance de captación de Apoyo Ciudadano | |
Número de firmas requeridas para la
procedencia del instrumento: |
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Apoyos Ciudadanos enviados al INE: | |
Apoyos Ciudadanos en Lista Nominal: | |
Apoyos Ciudadanos duplicados: | |
Apoyos Ciudadanos en otra situación registral | |
I. En Padrón (no en Lista Nominal): | |
II. Bajas: | |
III. Fuera de ámbito geo-electoral: | |
IV. Datos no encontrados: | |
Apoyos Ciudadanos con inconsistencias:1 | |
Apoyos Ciudadanos en procesamiento: | |
Apoyos Ciudadanos en mesa de control: | |
Auxiliares Registrados: |
**Información correspondiente al último reporte proporcionado por el Instituto Nacional Electoral.
***La información presentada es de carácter informativo, por lo que no deberá considerarse como definitiva, ya que se encuentra sujeta a su revisión y validación por parte del Instituto Nacional Electoral y el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.
Preguntas Frecuentes.
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¿QUÉ ES LA REVOCACIÓN DE MANDATO?
Revocación de mandato es el instrumento de participación política, previsto en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua, y que permite a la ciudadanía pronunciarse mediante sufragio sobre la terminación anticipada del periodo de gestión de quien ocupa la titularidad de:
- El Poder Ejecutivo del Estado (Gubernatura);
- Diputación local;
- Presidencia municipal;
- Sindicatura.
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¿CUÁNDO PUEDE SOLICITARSE?
La revocación podrá solicitarse y ejecutarse a la mitad del periodo para el que fue electa la persona a la que se pretende aplicar ese mecanismo.
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¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR?
Pueden votar todas las personas mayores de 18 años que cuenten con su credencial de elector vigente y con domicilio en el municipio de Ciudad Juárez.
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¿CUÁNDO ES VINCULANTE UNA REVOCACIÓN DE MANDATO?
El resultado de la consulta será de cumplimiento obligatorio, cuando voten a favor de revocación de mandato:
- 35 % de la lista nominal estatal, para el caso de la Gubernatura
- 30 % de la lista nominal distrital, cuando se trate de una diputación (elegida directamente);
- 3 % de la lista nominal estatal, para diputaciones por representación proporcional
Tratándose de las presidencias municipales y sindicaturas, el resultado será obligatorio, cuando voten a favor de revocación de mandato:
- 45% de la lista nominal del municipio con menos de 5,000 electores.
- 40% de la lista nominal del municipio de tiene entre 5,000 y 50,000 electores.
- 35% de la lista nominal del municipio que tienen entre 50,000 y 150,000 electores.
- 35% de la lista nominal del municipio que tienen entre 50,000 y 150,000 electores.