Candidaturas Independientes

Información General

Las candidaturas independientes son aquellas conformadas por ciudadanas y ciudadanos que se postulan para algún cargo de elección popular y que no pertenecen a un partido político, con ello ejercen el derecho a ser votados.

En el IEE se registran las personas interesadas en participar como candidatura independiente para los cargos de Gubernatura, Diputaciones de Mayoría Relativa, Integrantes de Ayuntamiento y Sindicaturas.

Dentro de los veinte días siguientes al inicio del proceso electoral, el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral deberá emitir la Convocatoria emitirá a la ciudadanía interesada en postularse como candidatura independiente, esto es, a más tardar el veinte de octubre del año previo en que haya elección. (Artículos 93 y 200, numeral 1) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua)

Del proceso de acreditación

  1. Trámites previos a la presentación de la Manifestación de Intención
  2. Emisión de Convocatoria
  3. Presentación de Escrito de Manifestación de Intención
  4. Obtención de Apoyo de la Ciudadanía
  5. Registro de candidaturas independientes
Para más información consulta los actos o trámites previos que debes realizar.

Normativa

Para más información consulta los actos o trámites previos que debes realizar.

Actos o trámites previos

La ciudadanía que aspire a postularse por la vía de candidatura independiente, para las elecciones de los cargos de gubernatura, diputaciones por el principio de mayoría relativa, integrantes de Ayuntamientos y Sindicaturas, previo a la presentación de escrito de manifestación de Intención ante el Instituto, deberá realizar lo siguiente:

PASO 1. Constituir una Asociación Civil

La cual deberá constar en escritura pública, tener por objeto único la promoción de la candidatura independiente, cumplir con el modelo único de estatutos establecido por el Instituto.

Asimismo, la asociación deberá integrarse, por lo menos, con las personas aspirantes propietarias de los cargos, representante legal y persona encargada de la administración de los recursos.

Consulta el directorio de notarías públicas del estado aquí: Notarios | Portal Gubernamental del Estado de Chihuahua

PASO 2. Registro de la Asociación Civil ante el SAT y obtener RFC

Se deberá de inscribir en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Asociación Civil en el Régimen de Personas Morales con Fines No Lucrativos y obtener su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El trámite es ante el SAT y requiere cita previa. La institución indica los requisitos para ello.

Consulta la página del SAT: https://www.sat.gob.mx.

PASO 3. Apertura de Cuenta Bancaria a nombre de la Asociación Civil.

La Asociación Civil deberá abrir una cuenta bancaria a nombre de esta, en cualquier institución bancaria.

El trámite es directo en la institución bancaria. La institución indica los requisitos para ello.

NOTA IMPORTANTE. La realización de los trámites anteriores no otorga la calidad de aspirante a una candidatura independiente, ya que esta se obtiene en el momento que el Consejo Estatal otorga dicha calidad.

Para más información consulta los preguntas frecuentes.

Preguntas frecuentes

El Consejo Estatal deberá emitir la convocatoria a más tardar el veinte de octubre de 2026.
Una vez que el Consejo Estatal emita la convocatoria respectiva.

Los requisitos para constituir una asociación civil son los siguientes:

  1. Permiso de la Secretaría de Economía, donde se proporcionen 3 denominaciones sociales posibles.
  2. Datos generales de los asociados:
    1. Nombre
    2. Domicilio
    3. Lugar de nacimiento
    4. Fecha de nacimiento
    5. Ocupación
    6. Estado civil
    7. Fecha de matrimonio
    8. Lugar de matrimonio
    9. Régimen patrimonial del matrimonio
    10. Nombre del Cónyuge
    11. R.F.C. con homoclave
    12. Teléfono
  3. Atributos:
    1. Objeto Social (No lucrativo)
    2. Domicilio
    3. Duración
    4. Nacionalidad Mexicana con cláusula de exclusión o admisión de extranjeros
    5. En su caso, capital social
    6. Distribución de capital social entre socios
    7. Órgano de Administración, (Administrador o Consejo Directivo y Nombres de las personas y puestos a desempeñar)
    8. Órgano de Vigilancia (Nombre del Comisario o Consejo)
    9. Gerentes y facultades
    10. Identificaciones oficiales vigentes (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar)
  4. Constancia de Situación Fiscal.
  5. Definir si se va a dedicar a actividades de asistencia privada.
  6. Determinar si pretende ser donataria autorizada para expedir recibos deducibles por donaciones.

Consulta el directorio de notarías públicas del estado aquí: Notarios | Portal Gubernamental del Estado de Chihuahua

La asociación civil deberá tener por objeto promover la candidatura independiente de la ciudadanía, a la que se le dará el mismo tratamiento que a un partido político en el régimen fiscal aplicable al proceso electoral.

En el caso de las ciudadanas y ciudadanos que pretendan reelegirse por la vía independiente, podrán utilizar la misma asociación civil utilizada en la elección anterior, siempre y cuando continúe vigente.

De acuerdo con la información publicada por el SAT, para inscribir una asociación civil en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se solicita:

  1. Documento constitutivo de la agrupación (original o copia certificada) o en su caso la publicación en el diario, periódico o gaceta oficial.
  2. Comprobante de domicilio original
    1. Estado de cuenta a nombre de la persona moral o de un socio o accionista que proporcionen las instituciones del sistema financiero (antigüedad no mayor a 4 meses).
    2. Último recibo del impuesto predial a nombre de la persona moral o de un socio o accionista (antigüedad no mayor a 4 meses; tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso).
    3. Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre de la persona moral o de un socio o accionista (antigüedad no mayor a 4 meses).
    4. Contrato de:
      1. Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por la persona moral o por un socio o accionista, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento.
      2. Prestación de servicios a nombre de la persona moral o de un socio o accionista, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
      3. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
      4. Apertura de cuenta bancaria suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
      5. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por la persona moral o por un socio o accionista, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
      6. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal (antigüedad no mayor a 4 meses).
      7. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre de la persona moral, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, (antigüedad no mayor a 4 meses; tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso).
  3. Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Fedatario Público (original).
  4. Identificación oficial vigente del representante legal (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores).

El trámite es ante el SAT y requiere cita previa. La institución indica los requisitos para ello.

Consulta la página del SAT: https://www.sat.gob.mx.

La Asociación Civil deberá inscribirse en el Régimen de Personas Morales con Fines No Lucrativos.

De acuerdo con la información publicada por diversas instituciones bancarias, generalmente se solicita:

  • Acta constitutiva de la Asociación Civil.
  • Estatutos vigentes.
  • Poderes notariales del representante legal.
  • Cédula de identificación fiscal.
  • Comprobante de domicilio.
  • Identificación oficial del representante legal.

Los requisitos son enunciativos y pueden variar dependiendo de la institución bancaria.

Para más información consulta:
Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Contacto

Para más información sobre proceso de acreditación de candidaturas independientes comunícate al teléfono (614) 432 1980 extensiones 1988, 2171, 2071, 2173, 2174, 2006 y 2176, en un horario de 09:00 a 15:00 hrs de lunes a viernes o envía un correo electrónico a la cuenta independientes2027@ieechihuahua.org.mx