Consulta Pública • Pacto Fiscal 2025

Participa en la Consulta Pública sobre el Pacto Fiscal en el estado de Chihuahua
El resultado obtenido de la Consulta Pública es de carácter indicativo, no vinculante; por lo cual no genera ninguna obligación a la autoridad.
¿Qué es una consulta pública?
Es el instrumento mediante el cual quienes habitan el territorio estatal expresan sus opiniones y formulan propuestas para la resolución de problemáticas sociales.
(Art. 67 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua).¿Qué es el Pacto Fiscal?
El pacto fiscal mexicano es un acuerdo entre gobiernos municipales, estatales y federal que establece el modo de distribuir y utilizar recursos fiscales en todo el país, y establece reglas y principios para recaudar impuestos y asignar recursos a las entidades gubernamentales para su uso en distintas áreas públicas.
En resumen, el pacto fiscal mexicano es un acuerdo entre distintos ámbitos gubernamentales para distribuir y utilizar recursos fiscales en todo el país.
Aram Mario González Ramírez y Félix Guadalupe Arratia Cruz.
Es un sistema donde las entidades federativas cedieron al Gobierno Federal la recaudación de los principales tributos (Impuesto sobre la Renta, ISR; Impuesto al Valor Agregado, IVA e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, IEPS), en términos de su potencial recaudatorio, con el compromiso de que este les transfiera una participación (Participaciones Federales) sobre la cual deciden su destino en materia de gasto de forma autónoma.
Vladimir Herrera González y José Luis Clavellina Miller.
Es el acuerdo en el que las Entidades Federativas, por voluntad propia, ceden a la federación porciones de su poder originario para constituir una unión nacional en la que se interrelacionan los diferentes poderes y los diferentes niveles de gobierno que la integran, con el propósito de lograr mediante su conjunta participación, el desarrollo nacional en los ámbitos político, económico y social.
Ramón Castañeda Ortega.
¿Cuál es el objetivo del Pacto Fiscal?
Coordinar el sistema fiscal de la federación con las entidades federativas, así como con los municipios y demarcaciones territoriales, a fin de armonizar el Sistema Fiscal Nacional; establecer la participación que corresponda a las haciendas públicas en los ingresos federales y fijar las reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales.
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
[…] Redistribuir los recursos a las entidades estatales y municipales en función de una fórmula que tiene en cuenta factores como la población, el nivel de ingresos, la inversión y las necesidades de desarrollo.
Aram Mario González Ramírez y Félix Guadalupe Arratia Cruz.
El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal tiene como objetivo que la Federación y los estados o entidades federativas puedan firmar convenios de coordinación fiscal, en donde los estados se comprometen a tener una limitación de sus potestades tributarias a favor de la Federación.
Humberto Sol Juárez.
El Pacto Fiscal entró en vigor en 1980 con el propósito de que el gobierno pudiera dar cumplimiento a las funciones y obligaciones señaladas en el artículo 31 fracción IV, de la Constitución Federal, para lograr, en este sistema Nacional de Coordinación Fiscal, la distribución de los recursos de la Federación.
¿Qué es el gasto federalizado?
Son aquellos recursos federales transferidos a las entidades federativas y municipios para ser administrados o ejercidos por esos órdenes de gobierno; estos apoyos representan la fuente principal de sus ingresos y son fundamentales para financiar sus estrategias y programas de desarrollo.
Se integra por los recursos que el Gobierno Federal transfiere a los estados y municipios mediante participaciones, aportaciones federales, convenios y subsidios.
Auditoría Superior de la Federación.
¿Qué es la Ley de Coordinación Fiscal?
Tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con el de los Estados, Municipios y Distrito Federal, establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento).
Ley de Coordinación Fiscal, Art. 1.
Preguntas a consultar
1. ¿Considera que es equitativo el Pacto Fiscal para el Estado de Chihuahua?
SÍ/NO
2. ¿Considera que debe revisarse el Pacto Fiscal en el Estado de Chihuahua?
SÍ/NO
Participa en la consulta
Del 17 de septiembre al 7 de octubre de 2025
¿Quiénes pueden opinar?
- Personas mayores de edad con credencial vigente en Chihuahua.
- Niñas, niños y adolescentes de 6 a 17 años.
Participación de niñas, niños y adolescentes
Su opinión es muy importante para el Estado de Chihuahua, por eso queremos preguntarte:
¿Crees que Chihuahua debe seguir dando y recibiendo dinero del gobierno del país?
El pacto fiscal es el acuerdo que se hizo entre el gobierno del país y los estados para repartir los impuestos (recursos-dinero) que juntamos entre todas y todos, para que tengamos escuelas, hospitales, carreteras y más cosas.
Los impuestos son lo que cada quien aporta para juntar el dinero que usa el gobierno para beneficio de todas y todos. Es como cuando tú y tus amigas y amigos cooperan para comprar algo que todos quieren y repartirlo según las necesidades de cada uno.
En esta consulta pública queremos saber tu opinión, ¡participa!
Preguntas frecuentes
¿Por qué se realiza esta Consulta Pública?
Una consulta pública inicia cuando una persona denominada promovente hace una solicitud, misma que debe realizarse por escrito, con el objetivo de conocer la opinión de las personas que habitan en el territorio estatal sobre un tema en particular. En este caso, el objetivo de esta consulta es tomar en cuenta la opinión de las personas habitantes del estado de Chihuahua sobre su perspectiva respecto al Pacto Fiscal.
Al respecto la persona promovente de la Consulta Pública señala que con “La opinión que se propone consultar y/o propuesta de resolución de una problemática social: Con un Nuevo Trato, proponemos replantear la política fiscal federal para garantizar el respeto a la autonomía y soberanía de Chihuahua. Esto implica solicitar una retribución más justa de los impuestos que cada ciudadano aporta, con el objetivo de que las entidades federativas que más contribuyen sean también la más beneficiadas en términos presupuestales”.
¿Las entidades federativas pueden salir del Convenio del Pacto Fiscal?
Sí, el artículo 10 de la Ley de Coordinación Fiscal establece que, con autorización de la legislatura local, se podrá dar por terminado el Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
Es decir, un estado puede salirse del Pacto Fiscal con el gobierno federal, si el Congreso del Estado lo aprueba.
¿Cuáles son, entre otros, los criterios para distribuir los recursos por parte de la Federación?
- Nivel de recaudación y dinamismo económico
- Población y extensión territorial
- Montos o proposiciones distribuidas en años anteriores
- Indicadores de pobreza, marginación o rezago social
- Incentivos por cumplimiento de metas y objetivos específicos
¿En qué gasta su dinero Chihuahua en los últimos años?
- En escuelas
- En el pago a personas trabajadoras de gobierno del estado
- En los centros de salud y medicinas
- Para mantener a las personas a salvo y cuidar las calles
- En la creación y mantenimiento de las calles
- En ayudar a personas con necesidad
Referencias normativas
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua
- Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua
- Ley de Coordinación Fiscal
- Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua
- Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
- Ley del Impuesto al Valor Agregado
- Ley del Impuesto sobre la Renta
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Glosario
Participaciones: Se refiere a los recursos que se transfieren a las entidades federativas y a los municipios, correspondientes a las participaciones en ingresos federales e incentivos económicos, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal; estos recursos no están etiquetados, es decir, no tienen un destino específico en el gasto de los gobiernos locales, con el fin de asignar los recursos de manera proporcional a la participación de las entidades en la actividad económica y la recaudación.
Presupuesto de Egresos de la Federación 2020
Gravamen: Impuesto de carácter obligatorio que se aplica sobre un bien, un inmueble, una propiedad o el caudal de una persona, ya sea física o moral.
Aportaciones: Las aportaciones federales se establecen como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Ciudad de México y en su caso de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada uno de los ocho fondos de aportaciones dispone el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.
La misión, es fortalecer la capacidad de respuesta de los gobiernos locales y municipales, con apego a la autonomía de gestión en el ejercicio de los recursos, que les permita elevar la eficiencia y eficacia en la atención de las demandas de <b>educación, salud, infraestructura básica, fortalecimiento financiero y seguridad pública, programas alimenticios y de asistencia social e infraestructura educativa</b> que les plantea su población, así como fortalecer los presupuestos de las entidades federativas y a las regiones que los conforman.
Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2010
Subsidios: Son los recursos que son entregados a las entidades federativas y municipios a través de diversos ramos de la administración pública; éstos se destinan para apoyar programas que atiendan situaciones especiales de carácter social, económico o de operación de las haciendas públicas y obras que fomenten el desarrollo de actividades sociales, económicas o de interés general.
Auditoría Superior de la Federación
Impuestos: Los impuestos son una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país. Los impuestos, en todos los sistemas económicos de los países, sirven para proveer de recursos al gobierno y éste pueda alcanzar los objetivos propuestos en su planeación.
Servicio de Administración Tributaria
Ingresos públicos: Todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades colectivas, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad.
Benjamín López Ortiz
IVA: Es el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que se aplica sobre la base del valor añadido en cada etapa de producción o comercialización de bienes y servicios, hasta la venta final para su consumo. Su objetivo es gravar, en primer lugar, los ingresos obtenidos por el valor que se agrega en las distintas fases de producción y, en segundo lugar, la manifestación de un nivel dado de riqueza o ingreso, a través del consumo o compra de bienes y servicios, por parte de los contribuyentes. Para, de esta forma, financiar parte de las funciones del Estado.
Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. Cámara de Diputados. LXV Legislatura.
ISR: Contribución que grava los ingresos de las personas físicas o morales residentes en el país, así como de las personas residentes en el extranjero por los ingresos atribuibles a sus establecimientos permanentes ubicados en territorio nacional o aquellos que proceden de fuente de riqueza ubicada en el país.
Servicio de Administración Tributaria
IEPS: Es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, entre otros bienes, principalmente. Igual que el IVA es un impuesto indirecto, debido a que los contribuyentes no lo pagan directamente, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes (excepto en importación) y el contribuyente sólo lo reporta al SAT.
Servicio de Administración Tributaria